El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó este lunes 28 los lineamientos sanitarios ante el coronavirus (COVID-19) para destinos turísticos, como parte de la fase 4 de reactivación económica en el país.
Según la Resolución Ministerial N° 195-2020-MINCETUR, el Ente Gestor de Destino (EGD) debe identificar los centros de soporte, corredores, circuitos y/o sitios turísticos que cumplan con las condiciones para el reinicio de actividades turísticas y la implementación de los respectivos protocolos sanitarios sectoriales.
Asimismo, identificar a los prestadores de servicios turísticos que integran el destino que cumplan con las condiciones correspondientes para iniciar operaciones. También deberá implementar las medidas de limpieza y desinfección de espacios públicos, e implementar un punto de lavado o desinfección de manos de acceso universal.
Del mismo modo, deberá establecer puntos de atención para la toma de temperatura, reporte de síntomas y puntos de desinfección para los visitantes que llegan al destino, en coordinación con el Comando Regional COVID-19 o con la autoridad sectorial competente.
Durante la visita al centro turístico, el EGD debe coordinar con las instancias correspondientes el apoyo a la supervisión del cumplimiento del Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 y de los protocolos sanitarios, además de coordinar con el Comando Regional COVID-19 las incidencias referidas a la detección de casos sospechosos.
A su vez, los prestadores de servicios turísticos tendrán que promover el uso de medios de pago virtual y restringir el ingreso de las personas que presenten una temperatura mayor a 38°C.
Por su parte, los visitantes deberán cumplir con las medidas sanitarias establecidas, utilizar las mascarillas y/o protectores faciales y evitar las aglomeraciones, respetando las capacidades de aforo y el orden de ingreso a los sitios y/o atractivos.
También deberá informar sobre posibles síntomas de COVID-19 en caso se presenten durante la visita turística. De no mantener un comportamiento apropiado para evitar el contagio de la enfermedad, el prestador del servicio o gestor del sitio podrá reportar y /o denunciar el incidente a las autoridades locales correspondientes.
Finalmente, el Mincetur precisó que, en el marco del Plan Nacional de Calidad Turística, otorgará un reconocimiento al destino por el cumplimiento de la implementación de la Lista de Verificación de Lineamientos Sanitarios para los Destinos Turísticos.
Fuente: Gestión
Resolución Ministerial N° 195-2020-MINCETUR
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