Arturo Santander Acuña, Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía de Prevención del Delito de Puno, sostuvo que debido a la informalidad que se presenta en la región Puno, vienen atendiendo varios casos de usurpación de terrenos, que representa el 30 por ciento del total, por ello recomendó a las personas, proteger la posesión efectiva de sus tierras, ya sea ocupando el bien mueble, sembrando productos, pagando la tarifa de los servicios públicos recibidos, o tener un certificado de posesión.
Afirmó que para aquellas personas que hayan sido víctimas de una posesión, para ejercer una defensa posesoria inmediata, tienen un lapso de 15 días, plazo que se establece dentro de la ley 30230, que deroga a la anterior, que establecía un plazo de un día.
Sostuvo que este problema de usurpación se debe a que las personas no tienen la costumbre de formalizar y sanear sus predios, mediante Escritura Pública y su posterior inscripción en Registros Públicos.
Aclaró que la posesión, lo tiene una persona sin la necesidad de ser propietario, quien mediante un proceso civil pueda afirmar la defensa posesoria.
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