Laboral

Multas por no depositar la CTS van de los 484 a los 114,928 soles

Las empresas que incumplan con el depósito de la compensación por tiempo de servicios (CTS) del período noviembre 2020–abril 2021, el cual vence este 17 de mayo, pueden recibir multas diferenciadas por ser considerado una infracción grave, indicó la Gerencia Legal de la CCL.

Se trata de tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (No mype). Las multas van desde los 484 hasta los 114,928 soles.

Las infracciones en las que puede incurrir la empresa en esta materia se clasifican en infracciones leves (no entregar la hoja de liquidación en que consta cómo se ha calculado la CTS) e infracciones graves (no depositar la CTS dentro del plazo establecido).

Escalas de multas laborales

Las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por D. S. N° 008-2020-TR (10.2.20). La Sunafil puede aplicar multas por no depositar la CTS (infracción grave) y por no entregar la hoja de liquidación dentro de los cinco días de efectuado el depósito (infracción leve).

Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (4,400 soles vigente en el 2021).

Las multas para micro y pequeñas empresas inscritas en Remype no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.

Por única vez, y hasta el 31 de diciembre del 2021, se autoriza a los trabajadores a retirar el 100% de su CTS depositada en los bancos.

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Etiquetas: CTSmultas laborales
Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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