Administrativo

Minsa aprueba los Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al Covid-19 (R.M. Nº 448-2020-MINSA)

Mediante la Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA, publicada ayer en la edición extradordinacia del Diario Oficial «El Peruano», el Minsa dispuso la aprobación del Documento Técnico: “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”.

Registro de denuncias

El Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS) coordina con la Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de Salud para la creación de un aplicativo informático para el registro de denuncias, a través del cual los trabajadores pueden comunicar:

  1. La existencia de información falsa o no auténtica vinculada a la seguridad y salud en el trabajo en el Plan o que la misma no esté conforme con los “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, lo que es tomado en cuenta para efectos de la fiscalización posterior.
  2. Cualquier otra información que consideren que, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, exponga su vida o salud, a causa del trabajo.

Este registro debe ser accesible a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), a los Sectores y a los gobiernos locales, según corresponda, para que, en el marco de sus competencias, brinden la atención que corresponda.

Obligación de informar a CENSOPAS

El Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS) remite sus requerimientos de información a:

  1. Las personas que estén autorizadas para el reinicio de actividades o las que han seguido laborando, al correo electrónico registrado en el Plan.
  2. Los profesionales de la Salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, al correo electrónico registrado en el Plan.
  3. Los representantes del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo al correo electrónico registrado en el Plan.

Los requeridos están obligados a responder dichos requerimientos en el plazo otorgado por CENSOPAS.

Finalmente, dispone la derogación de la Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA.

 

Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA

Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Ver comentarios

  • Buenas tardes
    La ley 448 para las personas que son diabéticas, presión, y obesos deberían de revisar,
    Hay personas que están cumpliendo con su TRATAMIENTO y esas personas no deberían dejar de trabajar, que la empresa lo manden a sus casas si antes averiguar el caso
    Por ejemplo a mi ya me dio el virus en junio, lo superé regrese a trabajar y des pues me dijieron que me valla a mi casa por ser diabetica , ayer 20 de octubre me volví hacer la prueba y salió NEGATIVO
    PORFAVOR REVISEN BIEN ESA LEY ESTAN PERJUDICANDO A LA GENTE
    GRACIAS

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