Fusiones y Adquisiciones

Las oportunidades en medio de la crisis y el impacto de la Ley de control previo de fusiones y adquisiciones

Por: Walter Aguirre (Socio de Aguirre Abogados y Asesores) 

Una de las noticias más desfavorables en torno al impacto económico del covid-19 es la relacionada con el descenso de las fusiones y adquisiciones en el Perú: según el reporte de Transactional Track Record, el país presenta la caída más importante de América Latina (64%), junto a una disminución del 68% en el capital movilizado (521 millones de dólares).

Lo señalado se agudiza superlativamente en una etapa de crisis como la actual, más aún cuando las características de esta y el entorno del covid-19 demandarán la reconversión de muchos negocios para sobrevivir.

Por ello, considero como medida extremadamente oportuna y beneficiosa el reciente Decreto Legislativo N° 1510, que dispone el aplazamiento, hasta marzo del 2021, de la entrada en vigencia de la Ley de Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial, más conocida como Ley de Control Previo de Fusiones y Adquisiciones, que procura la eficiencia económica de los mercados a favor de los consumidores.

Así, se busca facilitar la realización de nuevas operaciones o la continuidad de las que ya estaban en proceso. Las empresas afectadas por la coyuntura podrán encontrar oportunidades de venta, mientras que otras hallarán posibilidades de crecimiento.

En este escenario, uno de los cambios más importantes de la norma establece que al momento de la evaluación de la operación de concentración empresarial por el Indecopi, este tendrá que considerar la situación de crisis de las empresas involucradas, así como la necesidad de hacer la operación de concentración para efectos de la supervivencia de la empresa.

Además, desde el punto de vista regulatorio y administrativo, el aplazamiento otorgará al Indecopi la oportunidad de una mejor implementación de una regulación compleja y novedosa para el país, así como para una óptima capacitación del personal que se encontrará a cargo.

Adicionalmente, considerando que el reglamento podrá publicarse hasta noviembre, se abre la posibilidad de incorporar nuevas disposiciones acorde con el desarrollo de la crisis económica, como, por ejemplo, las notificaciones simplificadas para los tipos de operaciones que revistan una menor probabilidad de producir efectos restrictivos de la competencia.

En conclusión, este aplazamiento concede a los negocios una herramienta importante de supervivencia empresarial para superar el difícil escenario económico generado por el brote del covid-19; y al Gobiernow, un instrumento más para alcanzar la reactivación económica del país.

Fuente: El Peruano

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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