Laboral

Coronavirus en Perú: Gobierno explica las medidas laborales como el trabajo remoto | #Covid-19

La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres, afirmó que la prioridad del Gobierno es preservar la salud de los peruanos y mitigar el impacto del coronavirus Covid-19 en el Perú; y también garantizar el empleo.

En ese sentido, afirmó que es fundamental el aislamiento obligatorio, como lo ha dispuesto el Gobierno. “Debemos preservar la salud de la mayoría de los peruanos. Si respetamos las medidas vamos a evitar la expansión del coronavirus”, aseveró.

La titular del MTPE explicó que los trabajadores del sector privado tienen la obligación de permanecer en sus casas durante este periodo de aislamiento obligatorio, salvo en las labores esenciales que permiten la continuidad de la salud, gas, electricidad, hidrocarburos, seguridad, limpieza, entre otros. “Para los trabajadores de estos sectores se les garantizar el libre tránsito”, subrayó.

Trabajo remoto

Para los trabajadores que no están comprendidos dentro de estos sectores esenciales, la ministra de Trabajo afirmó que estos deben permanecer en sus domicilios y explicó que para estos trabajadores se ha implementado la modalidad de trabajo remoto.

“Es una modalidad de trabajo que va más allá del teletrabajo, que solo permite el uso de equipos informáticos. En cambio, el trabajo remoto permite realizar cualquier actividad desde su domicilio o lugar de cuarentena, desde cualquier equipo”, acotó.

La norma precisa que el trabajo remoto se caracteriza por la prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita.

Se faculta a los empleadores del sector público y privado a modificar el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores para implementar el trabajo remoto, en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus Covid-19.

El trabajo remoto no se aplica a los trabajadores confirmados con el Covid-19, ni a quienes se encuentran con descanso médico, en cuyo caso opera la suspensión imperfecta de labores de conformidad con la normativa vigente, es decir, la suspensión de la obligación del trabajador de prestar servicios sin afectar el pago de sus remuneraciones.

La ministra Cáceres afirmó que pueden implementar el trabajo remoto actividades como labores administrativas, despachos, entrega de reporte de mercadería, entre otros.

Sostuvo que el país vive una situación de emergencia nacional que demanda responsabilidad y solidaridad de todos los peruanos. Aseguró que el Gobierno respetará el vínculo laboral y el empleador puede disponer el cambio de lugar del trabajo.

Adelantó que el Gobierno dictará en las próximas horas una serie de medidas a favor de las micro y pequeñas empresas para hacer frente a esta situación de emergencia por el coronavirus.

“Lo que estamos previendo es identificar los paliativos del impacto económico. Se requiere compromiso de todos los peruanos, los empleadores dar garantías a sus trabajadores”, resaltó.

Licencia con goce de haber para grupos de riesgo

En otro momento, la ministra de Trabajo afirmó que empleador debe identificar y priorizar a los trabajadores considerados en el grupo de riesgo de contraer el coronavirus Covid-19 por edad, mayores de 60 años, y factores clínicos. Sostuvo que para estos trabajadores puede implementarse la modalidad de trabajo remoto.

En caso no se pueda implementar, estos trabajadores tienen licencia con goce de remuneraciones por el tiempo que dispone la medida, 15 días, “con cargo a que el tiempo que no se laboró sea compensado”.

Manifestó que el empleador está en la obligación de enviar a sus casas a los trabajadores comprendidos en el grupo de riesgo sin menoscabo de sus haberes. «Se debe brindar esta facilidad, respetando sus derechos laborales», aseguró.

Mayor fiscalización

La titular de Trabajo y Promoción del Empleo cuestionó a los empleadores que obliguen a trabajar a las personas que no laboran en sectores esenciales. “Se ha dispuesto el desplazamiento de inspectores laborales en caso se presenten denuncias de abuso”.

En ese aspecto, afirmó que las trabajadoras del hogar no están obligadas a trabajar. “Ellas trabajan en ausencia de los padres, cómo estos tampoco van a ir a laborar no es necesario que las trabajadoras del hogar laboren, salvo que sus empleadores sí figuren en la lista de excepción que incluye a médicos, enfermeras y empleados de servicios esenciales, manifestó.

Agregó que existe una disposición gubernamental y se contará con el respaldo de las fuerzas del orden para actuar en casos se incumplan las disposiciones dictadas por el Gobierno.

Cáceres subrayó que los restaurantes no figuran entre los sectores esenciales, por lo tanto, no podrán funcionar debido a que concentrar público y eso los convierte en foco de propagación del coronavirus.

Fuente: Andina

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Entradas recientes

¿Dónde contratar un centro médico ocupacional confiable para tu empresa?

Contar con un centro médico ocupacional confiable es una obligación legal para las empresas, y una inversión en la salud…

1 día hace

CGR Lawyer consolida su expansión internacional: Marca registrada en Colombia tras publicación en Gaceta de la Propiedad Industrial

CGR Lawyer, empresa líder en servicios corporativos y asesoría empresarial, se complace en anunciar la exitosa finalización del proceso de…

2 semanas hace

Stucchi Abogados suma 2 socios y fortalece su práctica especializada en Derecho Administrativo y Regulación

Edgar Zevallos Salazar (42) asume como socio a cargo de la asesoría legal especializada en Infraestructura, Energía, Electricidad, Licencias y…

4 meses hace

La recuperación extrajudicial de los predios del Estado

Por: José Adrián Venancio Perea Ríos, Abogado Penal de la Procuraduría Pública del Ministerio de Cultura Ante el levantamiento del…

5 meses hace

Garrigues se consolida como primera firma en la Unión Europea con ingresos récord

Los ingresos de Garrigues aumentaron en 27,58 millones de euros, un 6,1%, en 2024, hasta situarse en la cifra récord…

5 meses hace

Garrigues México y Sánchez Devanny formalizan su integración

Garrigues, la mayor firma de la Unión Europea por ingresos, consolida de esta manera su posición de liderazgo en Latinoamérica,…

5 meses hace