El Ministerio del Ambiente, en atención a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo n. ° 094-2020-PCM, comunica a la ciudadanía en general que ante la ampliación del estado de emergencia y la disposición del aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19, se continuará atendiendo a los usuarios y prestando servicios de manera remota, garantizando las condiciones suficientes salud, limpieza y seguridad a fin de prevenir el contagio.
En ese sentido, la ciudadanía puede iniciar y/o continuar con la presentación de sus documentos y trámites ante el MINAM, través de los siguientes canales virtuales:
I. Nuestra mesa de partes a través del correo electrónico mesadepartes@minam.gob.pe, en el horario de lunes a viernes de 8:30 a 16:30 horas
DOCUMENTACIÓN QUE SE PUEDE PRESENTAR
1. Documentos remitidos por entidades públicas y privadas relacionados al manejo y tratamiento de residuos destinado a la prevención del COVID-19, en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 026-2020.
2. Solicitud de Ampliación de Plazo en general adjuntándolos documentos sustentatorios correspondientes.
3. Entregables para pago, debiendo adjuntar:
a) Producto/entregable, debidamente firmado y en formato PDF.
b) Comprobante de pago autorizado por SUNAT (físico o electrónico) de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Comprobantes de pago vigente.
c) Constancia de suspensión del Impuesto a la Renta de Cuarta categoría, de corresponder.
d) Número de cuenta de detracción en los casos que corresponda.
e) Guía de Remisión, Nota de Entrada al Almacén, de corresponder.
*Los Entregables, Comprobantes originales, deberán ser escaneados, y regularizados posteriormente con el compromiso correspondiente por parte de proveedor.
4. Comprobantes de pago
a) Presentar su documentación en archivos digitalizados debidamente firmados y convertidos a formato PDF, siempre que les sea posible.
b) En caso de no poder presentar la documentación en formato PDF, podrán presentar la documentación debidamente firmada en formato
Word o Excel, consignado el siguiente párrafo al final de su solicitud: ”Declaro bajo juramento que soy responsable de la veracidad y exactitud de todos los datos consignados en los documentos e información que he presentado, siendo pasible de fiscalización posterior que el Ministerio del Ambiente efectúe y en caso de comprobarse falsedad me someteré a las acciones legales que correspondan”.
c) Consignar una cuenta de correo electrónico valida, así como un número telefónico (celular y/o fijo) autorizando al MINAM, el envío de documentación por ese medio, la notificación surte efectos el día que conste haber sido recibida, conforme lo previsto en el numeral 2 del artículo 25 del Decreto Supremo n. ° 004-2019-JUS, TUO de la Ley n. ° 27444.
**Tener presente:
Los documentos que ingresen con posterioridad al horario de atención establecido, serán registrados al día hábil siguiente.
II. Las consultas de la ciudadanía, se atenderán a través de la central telefónica 611-6000 y/o el correo electrónico: atencion-ciudadania@minam.gob.pe
III. Las solicitudes de acceso a la información pública se pueden tramitar exclusivamente a través del correo electrónico transparencia@minam.gob.pe
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