Tributario

Amplían plazo para fraccionar y aplazar deudas tributarias hasta el 31 de diciembre

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso la ampliación hasta el 31 de diciembre de 2020 del plazo para la presentación de la solicitud del acogimiento al Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF) de las deudas tributarias administradas por la Sunat.

Mediante Decreto Supremo Nº 285-2020-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se determinó esta extensión del plazo, el cual vencía el 30 de setiembre como lo informaba la semana pasada la Sunat.

En los considerandos de la norma se recuerda que vía Decreto Legislativo Nº 1487 se estableció el Régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Asimismo, señala que, de acuerdo con la evaluación de los efectos económicos de la pandemia generada por el covid-19, resulta necesario ampliar el plazo para la presentación de la solicitud de acogimiento al RAF.

La Sunat informó que a la fecha se han presentado más de 57,000 solicitudes para acogerse al Régimen de Aplazamiento y Fraccionamiento de deudas tributarias y de EsSalud por un monto total acumulado que supera los 2,500 millones de soles.

Según la Sunat este régimen permite a las personas naturales y empresas cuyos ingresos disminuyeron por el impacto económico generado por la pandemia del coronavirus, aplazar hasta por seis meses y/o fraccionar hasta en 36 cuotas mensuales dichas deudas a una tasa de interés mensual del 0.4%, la mitad de la tasa normal aplicable.

Explicó que el objetivo del RAF es brindar alivio tributario a dichos contribuyentes, con la finalidad de atenuar su falta de liquidez y posibilitar que puedan continuar con sus negocios para contribuir a la reactivación económica del Perú.

Del total de solicitudes presentadas a la fecha, ya se atendieron el 74% (más de 42,000 solicitudes). El 54% de estas solicitudes es por aplazamiento con fraccionamiento, un 44% solo fraccionamiento y el 3% solo aplazamiento.

Fuente: Andina

Etiquetas: MEFRAFSunat
Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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