Administrativo

SUSALUD precisa que clínicas no deben pedir pago adelantado para atención por emergencia

  • Tampoco debe exigirse SOAT para permitir el ingreso de un paciente por emergencia a cualquier establecimiento de salud

A propósito del caso de un menor (03), que en un primer momento no fue admitido en emergencia por una clínica que le exigía previo pago a sus padres, la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) exhorta a los directores de establecimientos de salud, públicos y privados, como responsables de la gestión y administración, al cumplimiento de su obligación para la protección y observancia del derecho a la atención por emergencia, que se debe brindar a todo paciente, de manera inmediata y sin condicionamiento alguno.

SUSALUD recuerda que toda persona tiene derecho a la atención por emergencia, tenga o no tenga seguro y cualquiera que éste sea, incluso si no existiera un SOAT, cuando se trata de accidentes de tránsito. El paciente debe ser atendido con prioridad, mientras se encuentre en peligro inminente su vida. Ni siquiera su identificación es motivo para retrasar su atención, si el paciente no cuenta con DNI al momento que ocurre la emergencia.

En caso de vulneración del derecho a la atención por emergencia, la Superintendencia podrá iniciar un proceso de investigación y, de acuerdo con el nivel de responsabilidad, sancionar al establecimiento de salud. Las sanciones van desde una amonestación y cierre del establecimiento de salud; hasta una multa de 500 UIT en los casos más graves, equivalente a S/ 2’300,000 (Dos millones trescientos mil), conforme al Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD.

Este año, instituciones privadas han sido sancionadas por la Superintendencia al haber vulnerado el derecho de atención por emergencia: https://www.gob.pe/institucion/susalud/informes-publicaciones/455207-registro-de-sanciones-aplicables-a-las-iafas-ipress-y-ugipress.

SUSALUD permanece a disposición de la población, a través de sus canales de atención: la línea telefónica gratuita 113, las redes sociales en Facebook, Twitter e Instagram con la cuenta @SusaludPeru, la App Susalud Contigo o al Asistente Virtual Inteligente AVISusalud en el WhatsApp 960118796.

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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