Laboral

SERVIR lanza guía orientadora para implementar teletrabajo en el sector público

¿Quién es un teletrabajador?, ¿en qué casos se debe implementar el teletrabajo?, ¿Cuánto dura la jornada laboral del teletrabajador?, o ¿qué modalidades de teletrabajo existen?, son algunas de las preguntas cuyas respuestas podrán encontrar en la Guía orientadora para implementar el teletrabajo en las entidades públicas, elaborada por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.
Este documento, publicado a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR N.° 054-2023-SERVIR-PE, presenta las dos modalidades de teletrabajo que pueden aplicarse en el Estado, como son el teletrabajo de manera total, donde la prestación de las labores se desarrolla de forma no presencial en su totalidad –salvo excepciones coordinadas entre el trabajador y la entidad; y el teletrabajo parcial –o mixto- que se realiza de manera presencial y no presencial.
“Esta guía, que está dirigida a las Oficinas de Recursos Humanos del Estado, tiene como objetivo brindar pautas para una adecuada implementación del teletrabajo en cada una de las entidades”, señaló la presidenta ejecutiva de SERVIR, Ana Pari Morales, tras indicar que a través de sus páginas se podrán conocer las obligaciones que tienen las instituciones públicas respecto de esta modalidad de trabajo; así como las responsabilidades de los actores del teletrabajo.
En esa misma línea, señaló que desde la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos –GDSRH de SERVIR -encargado de la elaboración de la guía orientadora -, se puso especial énfasis a las condiciones y criterios para considerar la modalidad del teletrabajo. “Como un mecanismo que fortalece la inclusión, la guía establece condiciones que deben evaluar las entidades públicas para variar la modalidad de trabajo, como son que el servidor presente algún tipo de discapacidad, o que sea responsable del cuidado de familiares con enfermedades graves o terminales”, dijo.

DATO:

  • Descargue la Guía orientadora para implementar el teletrabajo en las entidades públicas desde el siguiente enlace: https://acortar.link/NrZUGH
  • La guía contiene anexos referenciales que pueden ser adaptados por las entidades públicas.
Etiquetas: teletrabajo
Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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