Tributario

Se inicia plazo para declarar sobre beneficiarios finales

(Foto: El Peruano)

A partir de hoy y hasta el 23 de este mes, más de 15,000 principales contribuyentes personas jurídicas en todo el país deberán cumplir con presentar la declaración del beneficiario final, que tiene por finalidad combatir la evasión y elusión tributaria, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Para ello, se deberá utilizar el Formulario Virtual N° 3800 en su versión simplificada y un aplicativo Excel, disponibles desde el 1 de diciembre en Sunat Operaciones en Línea, conforme a la Resolución de Superintendencia N° 185-2019/Sunat.

Lineamientos

La norma también tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de las obligaciones de asistencia administrativa mutua en materia fiscal; vale decir, intercambio de la data tributaria y financiera; así como coadyuvar a la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

Deben presentar la declaración del beneficiario final las personas jurídicas obligados a identificar, obtener, actualizar, declarar, conservar y proporcionar la información sobre los beneficiarios finales, incluyendo la documentación sustentatoria.

La entidad recaudadora ha habilitado una sección específica en su página web para informar sobre la presentación de esta declaración. A su vez, ofrece orientación mediante sus centros de atención al contribuyente, la central de consultas telefónicas y las redes sociales.

En caso de que el contribuyente obligado incumpla con presentar la declaración en los plazos fijados o la presente de manera incompleta o no conforme a la realidad, se le aplicará una sanción equivalente a 0.6% de sus ingresos netos, la cual no podrá ser menor a 5 UIT (21,000 soles) ni mayor a 50 UIT (210,000 soles), sin perjuicio de las infracciones previstas en el Código Tributario que puedan corresponder.

Excepciones

Por D. U. Nº 025-2019, se exceptúa de la obligación de entregar la declaración del beneficiario final al Banco Central de Reserva, así como a los bancos e instituciones financieras cuyo capital sea cien por ciento de propiedad del Estado peruano, Iglesia católica, Fonafe, embajadas, misiones diplomáticas, oficinas consulares, organizaciones u organismos internacionales acreditados ante el Estado peruano; universidades públicas, institutos y escuelas superiores públicos, centros educativos y culturales públicos.También las empresas públicas cuyo capital al cien por ciento pertenece al Estado peruano.

Apunte

Cliente es toda persona natural o jurídica que solicita y recibe del sujeto obligado la prestación de un servicio, el suministro de un bien o producto.

Fuente: El Peruano

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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