Derecho

Poder Judicial registra más de cinco mil deudores que incumplen el pago por pensión de alimentos

  • En el 2022, el número de deudores alimentarios se incrementó en más de 100 % en relación con el año 2021.
Un total de 5640 personas están inscritas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) por incumplir el pago de una pensión de alimentos a sus hijos menores, dispuesta a través de una sentencia por los juzgados del Poder Judicial.
Así lo informó el responsable de este registro, Denys del Águila Corcuera, quien explicó que en el año 2022 esta cifra se elevó de manera considerable, en más del 100 %.
Explicó que el Redam tiene por finalidad registrar a las personas que adeudan tres cuotas- sucesivas o no- de sus obligaciones alimentarias establecidas en sentencias consentidas o ejecutoriadas, o vía acuerdos conciliatorios con calidad de cosa juzgada.
El funcionario agregó que quienes están inscritos en el Redam, de acuerdo a ley, no podrán postular a un cargo público de elección popular, no pueden contratar con el Estado, tampoco acceder a una beca e incluso a un trabajo.
Asimismo, el deudor alimentario estará registrado en la Central de Riesgos de la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP, así como en las centrales de riesgo privadas y, por lo tanto, no podrán ser sujetos de crédito.
Añadió que la inscripción de un deudor en el Redam puede hacerse de dos formas: a pedido de parte, el/la interesado/a debe descargar un formulario que está en la página de web del Poder Judicial y presentar su solicitud al Juzgado competente para que el deudor sea inscrito en el registro.
La otra forma de inscripción es la que realiza el mismo órgano jurisdiccional, de oficio, cuando constata que hay tres meses de deuda de la pensión alimentaria.
Del Águila precisó que para ser excluido del Redam, hay que pagar la deuda. Para ello, el deudor debe comunicar al Juzgado, el cual revisa los documentos, verifica el pago y notifica al Registro del distrito judicial donde se desarrolló el proceso, para anular la inscripción.
Indicó también que si alguien desea conocer si una persona es deudora alimentaria, puede ingresar al portal web del Poder Judicial (www.pj.gob.pe) en el link https://casillas.pj.gob.pe/redam/#/ donde podrá obtener la información de manera gratuita.
Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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