Derecho

Poder Judicial: Investigaciones a funcionarios públicos ha aumentado en un 30 % en el último año

  • Magistrado precisó que la Fiscalía es el único organismo encargado de solicitar prisión preventiva y el juez de evaluarla.

En el último año, el número de investigaciones a funcionarios por delitos contra la administración pública ha ido en aumento, así lo confirmó el juez de investigación preparatoria de la Corte Suprema, Juan Carlos Checkley Soria, quien viene ejerciendo este importante cargo desde el 3 de enero del 2022.

“Evidentemente hay muchos más casos o más notorios. Desde mi nombramiento hasta la fecha el número de investigaciones ha crecido en un 30 %”, expresó.

Agregó que no solo ha aumentado el número de investigaciones sino también el nivel de jerarquía de los funcionarios públicos investigados, lo cual, dijo, dificulta o complica el nivel de investigación.

“No solo ha crecido el número (de investigaciones) sino también el nivel de jerarquía de los funcionarios públicos, lo que es público y notario”, afirmó el juez supremo, quien tiene entre sus funciones resolver las medidas restrictivas solicitadas por el Ministerio Público contra altos funcionarios.

Al respecto, Checkey Soria explicó que entre las medidas restrictivas de derechos que pueda solicitar el fiscal están el impedimento de salida del país, la detención preliminar o la prisión preventiva, siendo esta última la más extrema.

“Para otorgar una prisión preventiva se deben cumplir tres requisitos. El primero, que la persona esté vinculada a un hecho delictuoso; el segundo, que la pena sea mayor a cuatro años y, por último, que el investigado no cuente con arraigo domiciliario, familiar, económico, que haya indicios de fuga o que pretenda obstaculizar las investigaciones”, detalló.

MEDIDAS RESTRICTIVAS

Respecto al organismo encargado de solicitar las medidas restrictivas, Checkley Soria precisó que esta función solo le corresponde el Ministerio Público y, de manera excepcional, al Congreso.

“En general todas medidas restrictivas son solicitadas por el Ministerio Público, el Congreso puede pedir algunas medidas como el levantamiento del secreto de las comunicaciones; pero no puede pedir prisión preventiva, esta facultad solo le corresponde al fiscal y el único que la puede dar es el juez”, precisó.

Por otro lado, señaló que el juez solo puede actuar de oficio cuando está de por medio la libertad de un investigado, cuyo plazo de detención ya venció y el fiscal no se ha pronunciado al respecto.

“Los jueces actuamos en virtud de los requerimientos que hace la Fiscalía, pero si esta pide la detención preliminar o prisión preventiva de una persona por determinado plazo y este concluye y no hay pronunciamiento fiscal, el juez tiene que disponer su libertad”, explicó.

En relación con los plazos que tiene un juez para resolver una medida restrictiva de derechos, el juez supremo explicó que esto depende del número de imputados o del tipo de investigación.

“La regla general es que el juez tiene que resolver de inmediato, pero depende del tipo de caso, de las personas que están involucradas y lo que presente la Fiscalía. Evaluar lleva tiempo, pero si la Fiscalía otorga todos los elementos solicitados el pedido puede ser resuelto de inmediato”, finalizó.

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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