Laboral

Nueva licencia para los exámenes oncológicos

Por: Germán Serkovic González, Abogado Laboralista 

La Ley N° 31561, dictada con el objeto de establecer medidas complementarias para la prevención del cáncer en las mujeres, el control y la atención especializada del cáncer de mama y del cuello uterino, así como de otros diagnósticos oncológicos, sobre todo en las poblaciones vulnerables; dispone en su artículo tercero que las mujeres trabajadoras de los regímenes laborales público y privado, incluidas la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, tendrán derecho de un día al año de licencia con goce de haber para concurrir a un establecimiento de salud y realizarse los exámenes de detección temprana del cáncer de mama y del cuello uterino.

El antedicho artículo expresa que el reglamento –que deberá expedirse dentro de los sesenta días de publicada la norma– establecerá el procedimiento, modo y plazos para acreditar las pruebas clínicas de detección.

En lo estrictamente referido a lo concerniente al régimen laboral de la actividad privada, se amplía el número de días de suspensión imperfecta de los efectos del contrato de trabajo, esto es, de fechas en las que no existirá prestación efectiva de servicios, pero sí pago de remuneraciones.

A la fecha existen las licencias por maternidad, paternidad, enfermedad, adopción, cuidado de parientes con alzhéimer, de familiares en estado terminal, de parientes que han sufrido un accidente grave, para la rehabilitación de los hijos menores con discapacidad, etcétera.

Al margen de la indiscutible buena intención del legislador, cabe preguntarse si los exámenes justifican la inasistencia de un día completo o si al limitar la licencia a procesos oncológicos que afectan a las trabajadoras no se está efectuando una discriminación positiva, pero discriminación, al fin y al cabo.

¿No hubiera sido más razonable ampliar las causales para todo tipo de cáncer sin tener en cuenta el sexo de los empleados? Normas supuestamente protectorias –licencias pagadas– que encarecen la contratación de mujeres, no son la mejor fórmula para mejorar su empleabilidad.

Fuente: El Peruano

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Entradas recientes

¿Dónde contratar un centro médico ocupacional confiable para tu empresa?

Contar con un centro médico ocupacional confiable es una obligación legal para las empresas, y una inversión en la salud…

22 horas hace

CGR Lawyer consolida su expansión internacional: Marca registrada en Colombia tras publicación en Gaceta de la Propiedad Industrial

CGR Lawyer, empresa líder en servicios corporativos y asesoría empresarial, se complace en anunciar la exitosa finalización del proceso de…

2 semanas hace

Stucchi Abogados suma 2 socios y fortalece su práctica especializada en Derecho Administrativo y Regulación

Edgar Zevallos Salazar (42) asume como socio a cargo de la asesoría legal especializada en Infraestructura, Energía, Electricidad, Licencias y…

4 meses hace

La recuperación extrajudicial de los predios del Estado

Por: José Adrián Venancio Perea Ríos, Abogado Penal de la Procuraduría Pública del Ministerio de Cultura Ante el levantamiento del…

5 meses hace

Garrigues se consolida como primera firma en la Unión Europea con ingresos récord

Los ingresos de Garrigues aumentaron en 27,58 millones de euros, un 6,1%, en 2024, hasta situarse en la cifra récord…

5 meses hace

Garrigues México y Sánchez Devanny formalizan su integración

Garrigues, la mayor firma de la Unión Europea por ingresos, consolida de esta manera su posición de liderazgo en Latinoamérica,…

5 meses hace