El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) elaborará protocolos específicos para la vigilancia de la salud de los/las trabajadores/as del sector construcción, y determinará el listado de actividades de este sector.
Para tal efecto, constituirá dos grupos de trabajo en aplicación del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción aprobado mediante el Decreto Supremo N° 011-2019-TR.
Aprobará, además, la guía para el proceso de elección de los representantes de los/las trabajadores/as ante el subcomité de seguridad y salud en el trabajo en obras de construcción, de conformidad con aquella norma reglamentaria que fija las pautas para la planificación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo en las obras de construcción.
Dicho reglamento tiene como finalidad prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el desarrollo del sector construcción, promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales en el país.
Reconoce, asimismo, derechos y estable obligaciones para los empleadores y trabajadores en ese sector incluyendo aspectos de organización, articulación, responsabilidad de las empresas constructoras y contratista.
Así, corresponderá a los empleadores implementar un protocolo para la interrupción de actividades en caso de peligro inminente; en tanto que los trabajadores deberán participar en las actividades de capacitación, campañas de sensibilización, entre otras, en materia de seguridad y salud en el trabajo que organicen los empleadores.
El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá incluir una partida específica para esta materia, atendiendo a que el empleador deberá constituir un comité de seguridad y salud en el trabajo y subcomités o supervisores en esta materia para cada obra.
El reglamento contempla la figura del empleador principal, considerando como tal a quien tiene a cargo el desarrollo de una obra de construcción, que puede encargar o delegar la ejecución de una o más partidas o actividades de dicha obra a una o más empresas contratistas o subcontratistas, detalló el laboralista César Puntriano. Será el principal responsable de la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo en la obra, agregó. La norma también considera la existencia de un comité técnico de coordinación, precisó.
Fuente: El Peruano
Contar con un centro médico ocupacional confiable es una obligación legal para las empresas, y una inversión en la salud…
CGR Lawyer, empresa líder en servicios corporativos y asesoría empresarial, se complace en anunciar la exitosa finalización del proceso de…
Edgar Zevallos Salazar (42) asume como socio a cargo de la asesoría legal especializada en Infraestructura, Energía, Electricidad, Licencias y…
Por: José Adrián Venancio Perea Ríos, Abogado Penal de la Procuraduría Pública del Ministerio de Cultura Ante el levantamiento del…
Los ingresos de Garrigues aumentaron en 27,58 millones de euros, un 6,1%, en 2024, hasta situarse en la cifra récord…
Garrigues, la mayor firma de la Unión Europea por ingresos, consolida de esta manera su posición de liderazgo en Latinoamérica,…
Esta web usa cookies.