Administrativo

MTC amplía la cobertura de indemnización para víctimas de accidentes de tránsito en los que el chofer se dio a la fuga

  • Hasta el momento, más de 11 mil víctimas y sus familiares fueron beneficiados con el Fondo de Compensación del SOAT y del CAT.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) amplió la cobertura de los beneficios del Fondo de Compensación del SOAT y del CAT, a través del cual se reembolsa e indemniza a las víctimas en los casos de accidentes de tránsito ocasionados por vehículos motorizados que no han sido identificados y cuyos conductores se dieron a la fuga.

La ampliación se dio a través de la modificación del Reglamento que entró en vigencia el 19 de noviembre del 2022 mediante Decreto Supremo Nº 017-2022-MTC.

El titular del MTC, Richard Tineo, informó que el objetivo de la modificación es elevar el nivel de protección creado para amparar a las víctimas o a sus familiares. Para ello se adicionan las coberturas de indemnización por fallecimiento e indemnizaciones por invalidez permanente o por incapacidad temporal, según sea el grado de invalidez o incapacidad.

El ministro Tineo añadió que las coberturas de indemnizaciones se atenderán de la siguiente manera respecto a los accidentes ocurridos a partir del 19 de noviembre de este año: Indemnización por fallecimiento de la víctima: Íntegro 4 UIT (S/18,400, año 2022). Indemnización por invalidez permanente: Hasta 4 UIT (S/18,400 año 2022). Indemnización por incapacidad temporal: Hasta 1 UIT (S/4,600 año 2022)

Los beneficios que otorga el Fondo únicamente pueden ser solicitados dentro del plazo de un año, el mismo que se computará a partir de la fecha indicada en el cargo de la comunicación por escrito que los establecimientos de salud realicen a la víctima o a sus familiares. El beneficio también aplica para extranjeros.

Para acceder al beneficio se debe reportar el caso a través del formulario Fondo SOAT y CAT, ingresando al enlace: https://fondosoatycat.mtc.gob.pe/solicitud, adjuntando la denuncia policial para que sea evaluada. El trámite es gratuito y se puede acceder virtualmente a nivel nacional.

De ser aprobado el caso, el beneficiario deberá presentar la documentación en la sede principal del MTC (jr. Zorritos 1203, Cercado de Lima) y en los Centros Desconcentrados Territoriales (CDT) que se encuentran en las principales ciudades. Para mayor información pueden llamar al teléfono: (01) 615-7800 anexo 1209, vía WhatsApp al 934233514 o escribir al correo fondosoat@mtc.gob.pe.

Para las solicitudes de reembolsos por gastos médicos y/o sepelio, es posible presentar la documentación en forma virtual siempre y cuando los comprobantes que sustentan el gasto sean electrónicos.

Las indemnizaciones podrán ser solicitadas por la víctima o por el cónyuge, hijos menores de 18 años, o mayores de edad incapacitados, hijos mayores de 18 años, padres, hermanos o familiares del primer o segundo grado de afinidad, según orden de precedencia.
Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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