Laboral

La salud mental en el trabajo

Por: Carlos Cadillo Ángeles, Socio del Área Laboral de Miranda & Amado Abogados. 

De acuerdo con información periodística, el 30% de la población peruana presentaría cuadros de depresión, debido a los casos detectados por el covid-19 y a la incertidumbre por las vacunas. Adicionalmente, se indicó que los centros comunitarios de salud mental del Ministerio de Salud recibieron más de 300,000 consultas por trastornos de ansiedad y depresión desde el inicio de la pandemia, lo que representa un incremento del 40% en el último año.

Estas cifran revelan algunos de los factores que pueden estar afectando el bienestar de las personas. La Ley de salud mental (Ley N° 30947, artículo 5) señala que los problemas de salud mental comprenden: (a) el problema psicosocial; y, (b) el trastorno mental y del comportamiento. Sobre el particular, es importante que los empleadores adopten las medidas preventivas que podrían controlar estos problemas en sus trabajadores, causados por diversos motivos: la coyuntura sanitaria, económica o social que puede afectar a ellos mismos, a sus familiares o a personas cercanas; o cambios personales, de convivencia o laborales y a la incertidumbre sobre tales temas.

Por ello, la citada ley (artículo 24) señala que la evaluación médica en salud mental puede ser parte de los exámenes médicos ocupacionales que hacen los empleadores, de acuerdo con lo establecido por la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo. Adicionalmente, el reglamento de la Ley de salud mental (D. S. Nº 007-2020-SA, artículo 14) señala que los empleadores desarrollan actividades de carácter preventivo en relación con los riesgos que afectan a sus trabajadores, incluyendo los riesgos psicosociales, en el marco de las obligaciones que establece la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo.

Tales actividades son gestionar un plan continuo de cuidado personal; promover el clima organizacional; desarrollar directrices que establezcan la preeminencia del bienestar de la persona; desarrollar programas que incluyan medidas de identificación, evaluación, atención y protección de los factores que afecten la salud mental; incorporar las disposiciones sobre los ajustes razonables establecidos por ley; e implementar medidas orientadas a conciliar y armonizar las responsabilidades familiares y el derecho al trabajo de las personas. Estas medidas de prevención, de acuerdo con la realidad de cada ámbito laboral, contribuirán al bienestar de los trabajadores, lo cual –a su vez– permitirá que se puedan desarrollar de la mejor manera posible, en condiciones de trabajo adecuadas. No es una tarea fácil porque los gestores pueden estar acostumbrados a prevenir o atender los riesgos de carácter físico (por ejemplo, los accidentes de trabajo), pero es necesario tomar conciencia de la importancia de los riesgos psicosociales, contar con la información adecuada del caso y colaborar con la salud mental de los trabajadores. Para ello, es fundamental detectar, abordar o atender los casos con buena comunicación y empatía.

Fuente: El Peruano

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Ver comentarios

  • Muchas gracias por este articulo tan importante en nuestros tiempos dificiles actuales!

    Somos el Instituto Aleman de Salud Mental y estamos apoyando a todas las empresas y empleados en el Peru para facilitar el cumplimiento de estas nuevas bases legales y proteger la Salud Mental en el Trabajo.

    Esperamos que exista mucha interes en implementar las programas mencionadas por el abogado Carlos Cadillo Ángeles y sobre todo de realizar su seguimiento y monitoreo constanste para garantizar resultados optimos y sostenibles.

    Colaboramos con varios instituciones de Alemania para ofrecer altos estanderes de calidad basado en evidencia cientifica.

    Saludos cordiales y que cuiden su salud!

    PhD(c) Vincent Clement - Director IASM

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