La Gerencia de Supervisión y Fiscalización (GSF) del Indecopi, indicó hoy que realizó 1,204 supervisiones en diversos sectores económicos durante el primer semestre del presente año, para identificar posibles afectaciones a los consumidores. De este total, ya se concluyeron 593 y han sido remitidas a las áreas resolutivas para que evalúen posibles inicios de procedimientos administrativos, precisó el Indecopi.
Asimismo, la GSF indicó que en lo que va del año, ha iniciado 379.7% más supervisiones que en el mismo período del año 2018, así como también logró concluir un 94.8% más de casos.
Por su importancia en la vida y seguridad de las personas, los sectores supervisados fueron: Enseñanza (478), Transporte (305), Comercio e Industria (229), actividades Financieras y de Seguros (76), actividades Inmobiliarias y de Construcción (103), entre otros sectores económicos (13).
Adicionalmente realizó 469 inspecciones en materia de propiedad intelectual efectuó 322 inspecciones, en protección al consumidor 118 y en competencia desleal 29.
En operativos conjuntos con el Ministerio de Educación y municipalidades, se realizaron 202 supervisiones a colegios informales (no cuentan con autorización sectorial y/o licencia de funcionamiento).
Además, se supervisó a 133 colegios de Lima y Callao, así como de las regiones de Lambayeque, La Libertad, Junín, Cusco y Tacna; como parte de la «Campaña Escolar 2019» y «Colegios más reclamados», a fin de verificar las condiciones en que se presta el servicio educativo.
Se concluyó la supervisión a 39 universidades privadas, verificándose, principalmente, que el cobro por concepto de mora no exceda los límites permitidos por la ley.
En otras 28 supervisiones se verificó que las universidades cumplan con brindar información veraz y oportuna a los consumidores sobre su proceso de licenciamiento.
Con diferentes municipalidades se realizaron 38 supervisiones para verificar que cuenten con la autorización para prestar el servicio, implementación de medidas de seguridad, así como contar con el Libro de Reclamaciones y su aviso respectivo.
Junto con la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Cargas y Mercancías (Sutran) y municipalidades se realizaron 171 supervisiones a empresas de transportes en terminales terrestres, así como en puntos de control (carreteras).
Se verificó que cuenten con la autorización para prestar el servicio, horarios de salida, que los boletos contengan información sobre el seguro, que exhiban dentro de los vehículos un número telefónico para la recepción de quejas y reclamos a distancia, entre otras conductas.
Con las Municipalidades de Lima y Callao se realizaron 119 supervisiones para verificar si cuentan con autorización para prestar el servicio, tarjeta única de circulación, así como algún medio alternativo para interponer reclamos a distancia.
Como parte del monitoreo permanente al estado de los vuelos que llegan y parte del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, se iniciaron 11 supervisiones a aerolíneas ante demoras y/o cancelaciones de vuelos.
También se supervisó que las promociones en la venta de boletos difundidas por las aerolíneas correspondan a la realidad, además de cumplir con la vigencia y el stock de la promoción ofrecidos.
Se realizaron 19 supervisiones, de las cuales 14 correspondieron al sector bancario, para verificar las conductas respecto a modificaciones contractuales, pagos anticipados, operaciones no reconocidas, procedimiento de cobranza, contratación y desvinculación de productos, y funcionalidad de cajeros automáticos.
Las cinco supervisiones restantes, corresponden al sector financiero no bancario (cajas, financieras y edpymes) con la finalidad de verificar la idoneidad en los cobros, métodos de cobranza, entre otros.
Para verificar la atención oportuna de las solicitudes de cobertura del seguro de desgravamen y SOAT, así como los requisitos exigidos para este último.
Se llevaron a cabo 24 supervisiones para verificar que se cumpla con cobrar las tasas máximas permitidas, que se cobren gastos y comisiones debidamente sustentados, procedimientos de cobranza de acuerdo a ley, así como contar con el Libro de Reclamaciones y su aviso.
Se ejecutaron 19 supervisiones para verificar los requisitos exigidos a los beneficiarios del Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT), la atención de las solicitudes de indemnización, entre otras conductas.
En un operativo conjunto con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), la Dirección Regional de Turismo (Dircetur), la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), la Policía Nacional del Perú (PNP) y la Oficina Regional del Indecopi de Cusco, se realizaron 40 supervisiones en la ciudad de Cusco a agencias de viaje y empresas de transporte turístico.
Se realizaron 31 supervisiones al etiquetado de productos que forman parte de la canasta familiar.
Se llevaron a cabo 30 supervisiones para verificar si los proveedores de productos procesados (alimentos y bebidas no alcohólicas), consignan las advertencias publicitarias (octógonos) en la etiqueta de sus productos y su publicidad, en caso estos superen los parámetros técnicos establecidos por el Ministerio de Salud.
También se ejecutaron 11 supervisiones para verificar si el precio exhibido correspondía con el efectivamente cobrado en la caja, así como la aplicación del redondeo a favor del consumidor.
Se llevaron a cabo 100 supervisiones para verificar el cumplimiento de brindar información relevante sobre el proyecto inmobiliario, así como evaluar el contenido de la publicidad sobre el mismo.
Se evaluaron 15,528 reportes correspondientes a 295 proveedores, lo que permitió iniciar 89 supervisiones para evaluar el consentimiento en las llamadas, correos electrónicos o mensajes de texto, de estas supervisiones 16 investigaciones han sido concluidas.
Fuente: Andina
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Puede scotiabank retener tu cuenta sueldo. Ya qye es el unico ingreso para la familia?
La cuenta sueldo solo es inembargable hasta un tope máximo de 2,075 soles, es decir a 5 unidades de referencia procesal (URP). Si su cuenta supera ese monto, el banco puede embargar solo un tercio del excedente en caso de deudas.