El porcentaje del Aporte por Regulación que corresponde al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) será de cargo de los titulares de las actividades de Gran y Mediana Minería.
El Aporte por Regulación que corresponde al OEFA para los años 2020; 2021 y 2022; de cargo de las empresas del sector minería mencionadas en el numeral 1.1 precedente, será calculado sobre su facturación mensual anotada en el Registro de Ventas e Ingresos, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal, de acuerdo al siguiente porcentaje: 0.10%.
Mediante Resolución de Consejo Directivo, el OEFA, en ejercicio de su potestad normativa, dicta las disposiciones reglamentarias pertinentes para la mejor aplicación y cobranza de los aportes de su competencia.
La falta de pago oportuno del porcentaje del Aporte por Regulación que corresponde al OEFA da lugar a la aplicación de los intereses previstos en el Código Tributario.
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