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Elecciones 2021: Lunes 7 de junio será día no laborable no compensable para miembros de mesa

El Poder Ejecutivo concedió facilidades para los trabajadores que se desempeñen como miembros de mesa y electores durante la segunda vuelta de las elecciones generales del 6 de junio del 2021 para designar al Presidente y vicepresidentes de la República.

Fue mediante Decreto Supremo N° 012-2021-TR, publicado en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, por el cual se declara el 7 de junio del 2021 como día no laborable de naturaleza no compensable para los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante la segunda vuelta en estas elecciones generales.

Para gozar de este beneficio, el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa deberá entregar a su empleador mediante soporte físico o digital, al reiniciar su prestación de servicios, el certificado de participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Este beneficio se otorga por el ejercicio efectivo como miembro de mesa, no solo por haber sido sorteado como tal, indicó el laboralista César Puntriano.

Al respecto, sostuvo que se aplica a titulares y suplentes, así como a cualquier otro votante que hubiera ejercido este cargo en ausencia de los anteriores.

Además, dijo, el trabajador no deberá devolver las horas no laboradas. Es la tercera vez que el tiempo no laborado no debe recuperarse; la primera fue para las elecciones congresales del 26 de enero del 2020 y la segunda para la primera vuelta de las elecciones generales y las congresales de abril de este año, comentó el especialista.

Conforme también al citado decreto supremo, si la jornada de trabajo del trabajador que actúa como miembro de mesa coincide con el 6 de junio del 2021, estará facultado para no asistir a su centro de labor.

Este tiempo no laborado será recuperable, y los empleadores del sector privado y los titulares de las entidades públicas dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar, según corresponda.

Ausencias compensables

Asimismo, se establece que los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en provincias distintas a su lugar de votación y que participen en la segunda vuelta de las elecciones generales, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, no laborarán el viernes 4, sábado 5, domingo 6 y lunes 7 de junio del 2021.

En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

En tanto que en el sector público, los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.

Tolerancia

La norma también establece que los trabajadores de los sectores privado y público que no se encuentren en los supuestos señalados, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de la segunda vuelta de las elecciones generales, tendrán derecho a períodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto.

Por tanto, los empleadores del sector privado y los titulares de las entidades públicas dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar, según corresponda.

La tolerancia comprende el ingreso tardío o inclusive la posibilidad de retirarse durante la jornada de trabajo, pero el tiempo no laborado deberá recuperarse, detalló Puntriano, quien se desempeña como socio del Estudio Muñiz.

Fuente: El Peruano

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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