A partir del 1 de diciembre próximo, en todo el Perú estará vigente el nuevo Código Procesal Penal que permitirá la investigación, el juzgamiento y la condena de las personas que cometen delitos con todas las garantías del debido proceso, aseguró el presidente de la Unidad del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal (UETI), Gustavo Álvarez Trujillo.
En diálogo con el Diario Oficial El Peruano, informó que, a la fecha, en todo el país, salvo en las cortes de justicia de Lima Centro y de Lima Sur, ya está vigente el modelo. “El Poder Judicial cuenta con 34 cortes más una que tiene el carácter de penal nacional especializada”, detalló.
En la capital, refirió, funcionan seis distritos judiciales: Lima Centro, Lima Norte, Lima Sur, Lima Este, Puente Piedra, Ventanilla y, el Callao. “El Código Procesal Penal ya está vigente en Lima Norte, Lima Este, Puente Piedra, Ventanilla y el Callao, y solo falta Lima Centro y Lima Sur”.
La entrada en vigor del nuevo Código Procesal Penal en estos dos distritos judiciales está programada para el 1 de diciembre de este año. “De todas maneras, el 1 de diciembre diremos que ahora sí todo el Perú tiene un solo Código Procesal Penal, un solo proceso que nos permitirá la investigación, el juzgamiento y la condena de las personas que se apartan de la ley penal, de aquellos que cometen delitos”, aseveró.
Álvarez recordó que el nuevo sistema procesal penal debió empezar a funcionar en las últimas dos cortes el 1 de julio pasado, “pero, lamentablemente, por la pandemia del coronavirus hubo una postergación que menos mal ha sido corta”.
El magistrado participó ayer en la ceremonia de implementación del segundo tramo del nuevo Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Lima Este que representará una inversión de 11 millones 700,015 soles. Los recursos permitirán crear una Sala Penal de Apelaciones, un juzgado colegiado, cinco juzgados unipersonales y nueve juzgados de investigación preparatoria.
El año pasado, rememoró, en la primera etapa se desembolsaron siete millones 805,400 soles para habilitar una sala penal de apelaciones, un juzgado colegiado, ocho juzgados unipersonales y ocho juzgados de investigación preparatoria.
Álvarez manifestó que una vez que esté en vigencia el nuevo Código Procesal Penal en las cortes de Lima Centro y Lima Sur todavía faltará concretar un tema que demandará la participación económica del Poder Ejecutivo.
“Está pendiente para el próximo año la creación de 214 juzgados de investigación preparatoria y juzgados unipersonales para, de ese modo, especializar a los jueces penales y retirarles a los jueces de paz y juzgados mixtos la indebida adición de funciones que actualmente existe, porque en su oportunidad no se otorgó el presupuesto suficiente con ese fin en el interior”, recordó.
Esa necesaria especialización, afirmó, requiere de un presupuesto de 157 millones 45,944.10 soles. “La UETI ya presentó la demanda de recursos para el presupuesto del próximo año”, agregó.
Los jueces, aseveró, deben ser especializados en materia penal y necesariamente capacitarse en esta especialidad que presenta sus propias peculiaridades.
El nuevo Código Procesal Penal permite diferenciar las funciones de los actores del sistema de justicia, pues cada uno asume un papel específico, recordó Gustavo Álvarez.
“Los jueces son los encargados de juzgar y de sentenciar, hacen las veces de árbitros. El fiscal es el titular de la acción penal pública y es el encargado, junto con la Policía, que es un órgano de apoyo, de efectuar toda la investigación de los presuntos delitos”.
El representante del Ministerio Público determina quiénes son los presuntos autores, estos son sujetos a proceso y se lleva a cabo un juzgamiento siempre en acto público, agregó. Álvarez destacó que otra de las características del nuevo proceso penal es que las actuaciones son públicas. “Por lo tanto, se garantiza con este nuevo proceso penal el debido proceso que involucra varios derechos para cualquier ciudadano que es sujeto a un proceso”.
Se respeta el derecho a guardar silencio, a que cuente con una adecuada defensa desde que es notificado por la Policía, a la pluralidad de instancias, a que se presuma su inocencia, a que la privación de la libertad sea excepcional, no general, precisó.
Fuente: El Peruano
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