Comercial

El financiamiento para las empresas en tiempos del nuevo coronavirus

Por: Víctor Lazo
(Socio del área Corporativo, fusiones & adquisiciones en Lazo & de Romaña Abogados). 

El Poder Ejecutivo promulgó el D. Leg.Nº 1455, que crea el programa Reactiva Perú, a fin de facilitar el financiamiento de empresas para la reposición de fondos de capital de trabajo y pago de obligaciones, mediante garantías dadas por el Gobierno. El monto que el Estado pone a disposición es de 3,000 millones de soles.

No hay que dejar de felicitar esta nueva herramienta porque no solo es el programa de garantías más grande en la historia del país –el monto equivale al 4% del PBI nacional–, sino que, además, es una excelente iniciativa para brindar financiamiento a fin de que las empresas reanuden sus actividades en esta crisis.

Dicho ello, es importante detenernos un momento a analizar la norma. En mi opinión, al fijar la fórmula de cálculo de la garantía como el menor valor entre tres veces la contribución anual de la empresa a Essalud por el 2019 y el monto equivalente a un mes de ventas promedio mensual 2019, pone un tope muy bajo al financiamiento al que una empresa puede acceder, en especial si se toma en criterio solo a trabajadores que están en planilla.

¿Qué sucede con las empresas que cuentan con pocos trabajadores, pero muchos proveedores? La idea de la norma (sacado del propio texto) es ayudar al pago de obligaciones y proveedores también, no se limita únicamente a trabajadores. Establecer el tope sobre la base de la contribución a Essalud y a un mes promedio de ventas (y que además sea el más bajo entre los dos) limita tremendamente lo que de otra manera sería una excelente herramienta.

Por otro lado, tampoco se debería poner una limitación a empresas con deudas tributarias con la Sunat exigibles en cobranza coactiva mayores a 4,300 soles. Es un monto muy bajo, por un lado, pero más importante aún, ¿por qué no usar este financiamiento para ponerse al día con obligaciones fiscales también? ¿no son los pagos de impuestos parte de la cadena de pagos que una empresa debe afrontar? Se castiga a empresas con deuda coactiva con la Sunat por un monto muy bajo. Finalmente, ¿por qué la garantía no podía cubrir el 100%?

Aunque estas cuestiones son medulares y no deben pasar desapercibidas, no podemos dejar de reconocer que la iniciativa del Gobierno es muy buena y, no obstante las anotaciones descritas, espero que la norma ayude a muchas empresas. Igualmente, que pueda, por un lado, ampliar el monto total de garantías, pero, por el otro, flexibilizar las limitaciones aquí comentadas, a fin de ayudar a más empresas y que no se quiebre la cadena de pagos, tan necesaria en los difíciles tiempos que aún están por venir.

Fuente: El Peruano

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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