Familia

Criterios para el cálculo de la pensión de alimentos

El cálculo de pensión de alimentos es en función a los ingresos del demandado. El porcentaje máximo es el 60% (inciso 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil), es decir, si el padre gana S/ 1200.00 deberían dar al hijo S/. 720.00 (este caso se podría dar para un padre que tiene sólo un hijo).

El especialista en familia y derecho civil, Roberto Salas Ortiz, señaló que la pensión varía de acuerdo a las características del menor, las circunstancias (enfermedad) y número de hijo del demandado. Los jueces proponen de 20 a 30 % del ingreso.

¿Cuánto es la pensión mínima de alimentos?

La pensión mínima de alimentos en el caso de que el menor no tenga ninguna dificultad o enfermedad es de 20%, pero para los niños que tienen desnutrición o alguna incapacidad el porcentaje será mayor. Además dependerá de la cantidad de hijos y los problemas físicos o mentales que enfrenta el menor.

¿Hasta qué edad se paga la pensión de alimentos?

Según la norma, la pensión de alimentos es hasta que el hijo cumpla la mayoría de edad; sin embargo, existen excepciones como en el caso de los hijos que están cursando estudios superiores: en este caso, el padre tiene el deber de pasar la pensión hasta que culmine su carrera profesional (aproximado 23 años).

¿Cuáles son los requisitos para demandar por alimentos?

Según el abogado Salas, los requisitos principales son:

  1. – Partida de nacimiento del menor que cuente con la firma del apoderado (reconocimiento).
  2. – Adjuntar la copia del DNI de la madre
  3. – Recibo de gastos (servicios y alimentos)
  4. – Ficha de Reniec del demandado para determine la ubicación fiscal

Nota:

Si el padre no cumple con la pensión de los alimentos en periodo de 3 meses, la madre puede acercarse al Poder Judicial y registrarlo en el REDAM (Registro de Deudores Alimentarios Morosos), este registro perjudicará al padre porque lo está calificando con un deudor ante cualquier entidad bancaria.

El abogado Salas recomienda a las madres que no teman a denunciar al padre de sus hijos por la pensión, porque es un derecho del menor.

Fuente: Correo

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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