Previsional

Congreso aprueba devolución de hasta 4,300 soles a los aportantes de la ONP

El Pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que permite la devolución de los aportes, de los afiliados activos e inactivos bajo el Decreto Ley 19990 del Sistema Nacional de Pensiones, administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Por 106 votos a favor, tres en contra y 15 abstenciones el pleno de la representación nacional aprobó en primera votación el texto sustitutorio recaído en varios proyectos de ley de las comisiones de Economía, Defensa del Consumidor, Trabajo y Seguridad Social, así como de Presupuesto y Cuenta General de la República.

El legislador de Acción Popular (AP) y presidente de la Comisión de Economía, Anthony Novoa Cruzado, solicitó la exoneración de la segunda votación de la iniciativa legislativa, la cual fue aprobada también por 106 votos a favor, tres en contra y 15 abstenciones.

Las bancadas que respaldaron el proyecto fueron Alianza Para el Progreso, Podemos Perú, Unión por el Perú y Frepap. Los congresistas que votaron en contra fueron del Partido Morado, Gino Costa , Alberto de Belaunde y Daniel Olivares. Otros 15 se abstuvieron.

La legisladora de Fuerza Popular, Martha Chávez, presentó una cuestión previa para votar artículo por artículo el proyecto ley, la cual fue rechazada por mayoría. Fueron 110 votos en contra del pedido, 14 votos a favor y cero abstenciones.

Devolución

La iniciativa legal aprobada esta madrugada establece de manera excepcional y por única vez la devolución de los aportes, hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que equivale a 4,300 soles.

El texto establece también que las personas que aportaron al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y que a los 65 años de edad o más no han logrado cumplir los requisitos para obtener una pensión, tienen derecho a la devolución de la totalidad de sus aportes.

Asimismo, se señala que la ONP otorgará por única vez, a los pensionistas del Decreto Ley 19990, una retribución extraordinaria equivalente una Remuneración Mínima Vital, la cual equivale a 930 soles.

Fuente: Andina

Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe. (Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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